viernes, 15 de mayo de 2009

Aseguradoras buscarán a los deudos de accidentados


A partir de hoy las compañías aseguradoras tienen la obligación de publicar la relación de personas que han fallecido en accidentes de tránsito con la finalidad de que sus deudos ejerzan oportunamente el derecho a una indemnización del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Según lo dispuesto por la Ley 29361, que ayer fue publicada en el boletín de normas legales del diario oficial “El Peruano”, transcurridos 15 días sin que se haya hecho valer el derecho a la indemnización del SOAT por fallecimiento, las aseguradoras enviarán un comunicado escrito a los beneficiarios de conocerse su dirección; en caso contrario, la comunicación se hará a través de un diario, de una emisora radial de cobertura nacional y de una radio local por dos meses consecutivos cada 30 días. Se deberá precisar los nombres y apellidos de la persona fallecida, número de póliza, fecha y lugar del accidente y la fecha límite para cobrar la indemnización.

La comunicación referida a la indemnización se hará en quechua, aimara u otra lengua en aquellas zonas donde estas sean predominantes.

Para Raúl de Andrea, gerente general de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, esta ley no será de gran ayuda, pues en la mayoría de los casos la víctima no tiene datos actualizados de su domicilio. “No se ha podido encontrar a personas vinculadas, pese al esfuerzo por encontrarlas”, señaló.

En tanto, el especialista en seguros Gabriel Bustamante considera que la comunicación radial debe mantenerse hasta la fecha límite para poder cobrar la indemnización del SOAT, es decir, dos años, y no solo por dos meses.

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