viernes, 31 de julio de 2009

Retardo y más casos podrían deslegitimar justicia laboral

Luis Vinatea RecobaProfesor universitario (*)
La justicia laboral actualmente afronta sus propios problemas de incapacidad para atender el creciente número de procesos judiciales. Hoy, existen muchas razones que determinan y hacen pensar en el aumento del número de casos en materia laboral, además del incremento de expedientes que se prevé causará la aplicación de la Ley Nº 29634, que modifica las reglas de la competencia procesal y que analizamos en un artículo anterior (ver El Peruano 23.07.2009). La primera razón es el incremento de la conflictividad laboral motivado por la capacidad de generación de conflictos de nuestro sistema de relaciones laborales. Éste se caracteriza por la presencia de una estructura empresarial que no es capaz de atender las necesidades de los trabajadores y por un conjunto de trabajadores que no ha sido capaz de institucionalizar grupos de representación. La inexistencia de un “encuentro” entre ambos determina que los trabajadores individualicen el conflicto y así tiendan a reclamar sus derechos, lo que multiplica el número de procesos.La segunda, gira respecto a los problemas que aquejan a nuestra economía: estructuras empresariales en que destaca la informalidad, mala distribución de beneficios e incapacidad de trabajadores de ejercer su propia tutela.Luego, la conflictividad se ha tornado más compleja, por las diversas formas de actuación de las empresas: descentralizaciones empresariales, grupos económicos, tercerizaciones, diferenciaciones de trato, entre otras. Es decir, el conflicto laboral ya no está concentrado en el reclamo económico, sino uno que tiene muchas más aristas, más dimensiones, que afecta a colectivos más grandes y que, por lo tanto, demanda más horas de trabajo, capacitación y análisis para el juez de trabajo.La cuarta razón es el desuso de los mecanismos alternativos de solución de conflictos en materia laboral. Tal desuso no es solo el resultado de la falta de cultura conciliatoria en materia laboral (a pesar de los encomiables y no desdeñables esfuerzos del Ministerio de Trabajo en materia de conciliaciones), sino que incluso la propia justicia laboral deja muy poco espacio para tales conciliaciones o incluso a la utilización de mecanismos como el arbitraje, al considerar equivocadamente que ellos son inaplicables per se, por violar el principio de irrenunciabilidad de derechos.
Muchos solo buscan dilatar estos procesos
A las razones ya anotadas, que podrían denominarse externas al proceso, podemos agregar las que la afectan internamente.El proceso laboral, por su propia configuración, es uno que tiene incentivos que invitan a utilizarlo, aun cuando se sepa que no se tiene la razón. Y esto se aplica tanto a los empleadores como a los propios trabajadores.En los primeros, porque puede relativizar en el tiempo el incumplimiento de normas sustantivas. Es decir, si un empleador tiene que optar entre cumplir o no una norma laboral, es posible que prefiera no hacerlo porque las posibilidades de que mediante el proceso judicial le exijan cumplirla, si bien no son remotas, sí son verdaderamente tardías. Eso determina que este proceso, en muchos casos, sea usado como una estrategia para dilatar el cumplimiento de las obligaciones laborales.Para los trabajadores, al ser proceso gratuito y con pocas cargas económicas, no pierde nada transitándolo. Así, existen muchos procesos que tienen una configuración especulativa y que no existirían de no ser porque no cuesta nada mantenerlos.Lo anterior influye decididamente en el poco o casi marginal uso de la conciliación dentro del proceso judicial, pues no hay incentivos para ello. Para algunos o quizá muchos, es “mejor negocio” continuar con el proceso hasta que salga la sentencia, independientemente de cuándo se emita ésta.

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